Consejo de Regidores aprueba reglamento interno regirá en el desarrollo de las sesiones.

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El consejo de regidores de la alcaldía de San Juan de la Maguana aprobó, el nuevo reglamento que regirá en el desarrollo de las sesiones de la sala capitular.

Al inicio de cada sesión se tocará el himno nacional, cuyo momento estará a responsabilidad del departamento de relaciones públicas de la alcaldía, acto seguido de lo que se procederá a la realización de una oración a Dios, la que estará a cargo de uno de los concejales.

Mediante la resolución 04-2024 los ediles aprobaron que las sesiones ordinarias serán celebradas cada primer miércoles de cada mes a las cuatro de la tarde, para las que los regidores deben estar 15 minutos antes de la hora programada.

En caso de ausencia justificada, el concejal deberá comunicarlo para los fines correspondientes y en caso de tres ausencias sin justificación se aprobó una amonestación, la cual sería enviada a la dirección del partido político al que pertenezca.

Se prohíbe la entrada a la Sala de Sesiones con gorras, cachuchas, boinas, camisetas, pantalones cortos, lentes oscuros, chancletas u otra forma de vestir que no convengan al ambiente de respeto y solemnidad de la sala.  Para el implemento de esta medida se encargará la seguridad a cargo en la Sesión.

No se permite entrar a la Sala de Sesiones a personas portando armas de fuego, armas blancas u otro objeto que pudiera ser considerado como tal, los celulares serán puesto en vibración, durante el proceso de la Sesión, solo se debe tomar llamadas de emergencia fuera de la sal          a capitular.

Las Sesiones Extraordinarias especiales podrán ser convocadas por el presidente (ta) o vicepresidente, a solicitud de las dos terceras partes de la matrícula de los Regidores.

En las convocatorias se debe incluir la agenda de los temas que se discutirán en las Sesiones y los temas que requieran de documentación serán comunicados a los ediles con la agenda de Sesión y/o enviados por correo electrónico o vía WhatsApp.

En cada Sesión Ordinaria el alcalde rendirá un informe basado en la ley 176-07 en su artículo 61-62 de las decisiones que ha tomado y de los casos que han ocurrido desde la última Sesión Ordinaria hasta la fecha, además tanto el ejecutivo, Regidores y Funcionaros que vayan a representar a la alcaldía fuera del país, deberá a su regreso presentar un informe por escrito ante el Concejo Municipal.  

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